Período de los representantes de los empleados de carrera en la Comisión Nacional del Servicio Civil. Los representantes de los empleados de carrera en la Comisión Nacional del Servicio Civil tendrán un período de tres (3) años, y podrán ser reelegidos hasta por un período adicional; deberán acreditar los requisitos exigidos en los literales c) y d) del artículo anterior.
Ley 443 de 1998 →Derogado
Artículo 47
Derogado
Ley 443 de 1998 · por la cual se expiden normas sobre carrera administrativa y se dictan otras disposiciones.Derogado Parcialmente
1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia