Micelio

Artículo 20

Para Acreditar El Requisito A Que Se Refiere El Artículo 19 De Este Decreto, El Departamento Debe Presentar Al Ministerio De Educación Nacional Una Copia De La Ordenanza Mediante La Cual La Asamblea Departamental Aprobó Las Reglas Y Procedimientos Para La Distribución Del Situado Fiscal, Con La Especificación De La Parte Del 20% Facultativo Que Se Destina A Educación Y La Distribución De Los Recursos Totales De Educación Entre Los Municipios

Decreto 2886 de 1994 · por el cual se reglamentan los procedimientos y demás formalidades necesarias que deban cumplir las entidades territoriales para obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos que les permita asumir la administración de los recursos del situado fiscal y la prestación del del servicio educativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para acreditar el requisito a que se refiere el artículo 19 de este Decreto, el departamento debe presentar al Ministerio de Educación Nacional una copia de la ordenanza mediante la cual la asamblea departamental aprobó las reglas y procedimientos para la distribución del situado fiscal, con la especificación de la parte del 20% facultativo que se destina a educación y la distribución de los recursos totales de educación entre los municipios. En igual sentido el distrito presentará al Ministerio de Educación Nacional copia del acuerdo pertinente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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