Micelio

Artículo 1

Todo Contador Público, Ya Sea Titulado O Autorizado, Acreditará Su Competencia Profesional En Un Acto Colocando El Número De Su Matrícula Al Pie De Su Firma Autógrafa

Decreto 1776 de 1973 · Por el cual se reglamentan los artículos 1º, 2º, 8º. y 12 de la Ley 145 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Todo contador público, ya sea titulado o autorizado, acreditará su competencia profesional en un acto colocando el número de su matrícula al pie de su firma autógrafa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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