°. Levántese el estado de sitio del Distrito Capital, y queda, en consecuencia derogado el Decreto número 67 de 1906, por el cual se declara turbado el orden público en el mencionado Distrito Capital.
Decreto 48 de 1906 →Vigente
Artículo 1
Levántese El Estado De Sitio Del Distrito Capital, Y Queda, En Consecuencia Derogado El Decreto Número 67 De 1906, Por El Cual Se Declara Turbado El Orden Público En El Mencionado Distrito Capital
Decreto 48 de 1906 · Por el cual se levanta el estado de sitio en el Distrito Capital
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.