Comunidad educativa . Según lo dispuesto en el artículo 6o. de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa. Se compone de los siguientes estamentos
Los estudiantes que se han matriculado.
Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos matriculados.
Los docentes vinculados que laboren en la institución.
Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo.
Los egresados organizados para participar. Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del Gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el presente Capítulo. (Decreto 1860 de 1994, artículos 18.)