Transitoriedad de la Institucionalidad y Gobernanza del Marco Nacional de Cualificaciones (MNC). La institucionalidad y gobernanza del Marco Nacional de Cualificaciones (IVINC) descrita en este Título, funcionará hasta tanto, se defina la institucionalidad y gobernanza que operará y administrará de manera permanentemente el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC).
El Ministerio de Educación y el Ministerio del Trabajo ejercerán como rectores del Marco Nacional de Cualificaciones, hasta que entre en operación la institucionalidad y gobernanza que operará y administrará de manera permanentemente el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC).
En los doce (12) meses siguientes a la expedición de este Decreto, el Comité Ejecutivo propondrá la institucionalidad y gobernanza que administrará y operará de manera permanente el Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), la cual será definida por el Gobierno Nacional, a través de los Ministerios de Trabajo y Educación Nacional.