Micelio

Artículo 8

Serán Miembros Honorarios De La Cámara De Comercio De Bogotá El Excelentísimo Señor Presidente De La República Y Los Ministros Del Despacho Ejecutivo

Decreto 1902 de 1915 · Por el cual se reorganiza la Cámara de Comercio de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Serán miembros honorarios de la Cámara de Comercio de Bogotá el Excelentísimo señor Presidente de la República y los Ministros del Despacho Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1902 de 1915