Micelio

Artículo 3

Todo Colombiano Tendrá Derecho A Ser Registrado Por Los Consulados En Las Sedes Autorizadas Por El Ministerio De Relaciones Exteriores Que Correspondan A Su Domicilio Sin Importar Su Condición Migratoria

Decreto 642 de 2014 · por el cual se crea y reglamenta la Tarjeta de Registro Consular.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Todo colombiano tendrá derecho a ser registrado por los consulados en las sedes autorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores que correspondan a su domicilio sin importar su condición migratoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 642 de 2014