Micelio

Artículo 79

La Superiora Tiene Las Siguientes, Obligaciones: A) Distribuir Los Servicios Adscritos A Las Religiosas En Lo Que Respecta, A La Disciplina, A La Conservación Y Economía Del Establecimiento, Según Las Normas Establecidas Por El Director General De Prisiones, Cerciorándose Personalmente De Que Se Observan Con Exactitud

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superiora tiene las siguientes, obligaciones

a)

Distribuir los servicios adscritos a las religiosas en lo que respecta, a la disciplina, a la conservación y economía del establecimiento, según las normas establecidas por el Director General de Prisiones, cerciorándose personalmente de que se observan con exactitud.

b)

Hacer diariamente al Director General de Prisiones una relación por escrito del movimiento del personal de detenidas o condenadas, y de todo cuanto ocurra que directa o indirectamente interese a la marcha de la justicia penal y del orden interno.

c)

Hacer llevar, bajo su responsabilidad, los libros de registro encomendados a las religiosas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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