Micelio

Artículo 8

El Personal De Que Trata Este Decreto, Retirado Con Anterioridad A Su Vigencia, Y Que Tuviere Definida Su Situación Prestacional, Deberá Presentar Solicitud De Inscripción A Través De La Respectiva Fuerza O Dirección General De La Policía Nacional, Según El Caso

Decreto 1073 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal de que trata este Decreto, retirado con anterioridad a su vigencia, y que tuviere definida su situación prestacional, deberá presentar solicitud de inscripción a través de la respectiva Fuerza o Dirección General de la Policía Nacional, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1073 de 1990