º El Ministerio de Trabajo, Higiene y previsión Social, nombrará los Inspectores de la Policía Sanitaria Nacional y sus Secretarios, y los dotará de carnets de identificación para acreditarlos ante las autoridades de la República, los cuales están obligadas a prestarles el apoyo que requieran en el desempeño de su funciones.
Artículo 4
El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Nombrará Los Inspectores De La Policía Sanitaria Nacional Y Sus Secretarios, Y Los Dotará De Carnets De Identificación Para Acreditarlos Ante Las Autoridades De La República, Los Cuales Están Obligadas A Prestarles El Apoyo Que Requieran En El Desempeño De Su Funciones
Decreto 1483 de 1939 · Por el cual se organiza el servicio de Policía Sanitaria Nacional y se derogan el Decreto 2101 de 1931, los artículos 50, 51, 52, 54 y 55 del Decreto 1099 de 1930 y el 4 del 1931 de 1931
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.