Las Misiones Especiales que los Gobiernos extranjeros acrediten para asistir a la Transmisión del Mando, presentarán, en el día y a la hora fijados en el programa, su saludo al Ministro de Relaciones Exteriores en una ceremonia única que se verificará en el Palacio de la Cancillería. El Ministro de Relaciones Exteriores, para corresponder al saludo, visitará por tarjeta a los Jefes de las Misiones Especiales.
Decreto 1091 de 1948 →Vigente
Artículo 46
Las Misiones Especiales Que Los Gobiernos Extranjeros Acrediten Para Asistir A La Transmisión Del Mando, Presentarán, En El Día Y A La Hora Fijados En El Programa, Su Saludo Al Ministro De Relaciones Exteriores En Una Ceremonia Única Que Se Verificará En El Palacio De La Cancillería
Decreto 1091 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Ceremonial Diplomático
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.