Micelio

Artículo 8

Los Traslados De Matrícula Serán Igualmente Autorizados Por Los Mismos Funcionarios De Que Trata El Artículo 1º, Previa Presentación Por Parte De Los Interesados, De Los Siguientes Documentos: A) Solicitud Firmada Por El Respectivo Padre De Familia O De La Persona Autorizada Por Éste, En La Que Se Expresen Los Motivos Por Los Cuales Se Solicita El Cambio De Colegio; B) Certificados Del Colegio Sobre Estudios Del Alumno, En El Que Conste Su Asistencia A Clase, Con Especificación Exacta De La Fecha Hasta La Cual Concurrió, Con El Fin De Garantizar El Mínimo De Asistencia Reglamentaria; C) Certificado Del Mismo Colegio Sobre La Conducta Observada Por El Alumno, Y Si No Existen Razones Especiales Por Parte Del Colegio Para Su Retiro; D) Certificado De Las Calificaciones Previas Y Exámenes, Obtenidas En Cada Una De Las Materias Durante Los Meses Que Hayan Transcurrido Del Año Lectivo, Y E) Certificado Expedido Por El Medico Del Colegio O Por Médico Particular Ante Autoridad Competente, Cuando Dicho Traslado Se Solicita Por Motivos De Salud

Decreto 1422 de 1958 · Por el cual se reglamenta la expedición de certificados de estudios, se delega la autorización de traslados de matrículas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los traslados de matrícula serán igualmente autorizados por los mismos funcionarios de que trata el artículo 1º, previa presentación por parte de los interesados, de los siguientes documentos

a)

Solicitud firmada por el respectivo padre de familia o de la persona autorizada por éste, en la que se expresen los motivos por los cuales se solicita el cambio de colegio;

b)

Certificados del colegio sobre estudios del alumno, en el que conste su asistencia a clase, con especificación exacta de la fecha hasta la cual concurrió, con el fin de garantizar el mínimo de asistencia reglamentaria;

c)

Certificado del mismo colegio sobre la conducta observada por el alumno, y si no existen razones especiales por parte del Colegio para su retiro;

d)

Certificado de las calificaciones previas y exámenes, obtenidas en cada una de las materias durante los meses que hayan transcurrido del año lectivo, y

e)

Certificado expedido por el medico del colegio o por médico particular ante autoridad competente, cuando dicho traslado se solicita por motivos de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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