Micelio

Artículo 11

Vigilancia De Los Recursos Recaudados Y De Su Ejecución

Decreto 1100 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 117 de la Ley 788 de diciembre de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigilancia de los recursos recaudados y de su ejecución. La Contraloría General de la República vigilará el adecuado recaudo de los recursos de la sobretasa ambiental de que trata el presente decreto, así como su correcta ejecución. Lo anterior sin perjuicio de las interventorías que existan para el recaudo de peajes en las vías de que trata el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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