Micelio

Artículo 36

El Ingeniero Interventor Será Designado Por La Junta Directiva Para Periodos De Dos (2) Años, Pudiendo Ser Reelegidos Indefinidamente

Decreto 289 de 1950 · Por el cual se organiza el Instituto de Fomento Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ingeniero Interventor será designado por la Junta Directiva para periodos de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Los Interventores Seccionales y el personal subalterno de la Interventoria serán designados por el Interventor Nacional con la aprobación de la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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