° Facúltase a la Inspección General de Navegación y a los Intendentes e Inspectores fluviales para dictar, con efectos en el radio de su jurisdicción, las medidas tendientes a procurar el mejor servicio de transportes fluviales, especialmente en lo que se refiere al atraque, zarpe; cargue y descargue en los respectivos puertos.
Decreto 831 de 1929 →Vigente
Artículo 1
Facúltase A La Inspección General De Navegación Y A Los Intendentes E Inspectores Fluviales Para Dictar, Con Efectos En El Radio De Su Jurisdicción, Las Medidas Tendientes A Procurar El Mejor Servicio De Transportes Fluviales, Especialmente En Lo Que Se Refiere Al Atraque, Zarpe; Cargue Y Descargue En Los Respectivos Puertos
Decreto 831 de 1929 · Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la navegación fluvial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.