º Para que las exenciones sean reconocidas se requerirá, en cada caso, resolución originaria de la División Legal de la Dirección General de Aduanas, previo el cumplimento de los requisitos establecidos en el presente Decreto. En el caso de las exenciones consagradas a favor de personas o entidades particulares y de las establecidas en tratados públicos o convenios internacionales celebrados por Colombia, a las cuales se refiere el Decreto 1659 de 1964, se requerirá, además, la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto 1247 de 1969 →Vigente
Artículo 5
Para Que Las Exenciones Sean Reconocidas Se Requerirá, En Cada Caso, Resolución Originaria De La División Legal De La Dirección General De Aduanas, Previo El Cumplimento De Los Requisitos Establecidos En El Presente Decreto
Decreto 1247 de 1969 · Por el cual se dictan normas en materia de exenciones de derechos de importación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.