Micelio

Artículo 22

Toda Modificación A Las Plantas De Personal Y A Los Gastos-Que Afecte Los Rubros De Servicios Personales Requerirá Para Su Consideración Y Tramite Ante El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección General Del Presupuesto- De Los Siguientes Requisitos: 1) Exposición De Motivos

Decreto 3187 de 1979 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda modificación a las plantas de personal y a los gastos-que afecte los rubros de Servicios Personales requerirá para su consideración y tramite ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- de los siguientes requisitos: 1) Exposición de motivos. 2) Certificación sobre la disponibilidad presupuestal expedida por el Delegado, de la Dirección General del Presupuesto ante el respectivo organismo. 3) Cuadro comparativo de los costos de la planta vigente y de la que se propone, y 4) El proyecto de Decreto respectivo.

Parágrafo

El Departamento Administrativo del Servicio Civil se abstendrá de aprobar, cualquier modificación de planta hasta tanto el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- haya emitido su concepto, de conformidad con las normas establecidas en el Decreto-ley 1042 de 1978.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3187 de 1979