Micelio

Artículo 1

Desde El 1° De Marzo Próximo La Intendencia De La Navegación De Los Ríos Sinú Y Atrato Concederá Únicamente De Lo Relativo A Tales Vías, De Cuyas Rentas Se Tomará, Por Partes Iguales, El Valor De Las Asignaciones Del Personal De La Oficina, Que Será El Siguiente : Un Intendente Recaudador, Con Un Sueldo Mensual De $ 100 Un Liquidador Tenedor De Libros, Con Un Sueldo Mensual De 70 Un Inspector Técnico, Con Un Sueldo Mensual De 70 Un Portero Escribiente, Con Un Sueldo Mensual De 30

Decreto 140 de 1919 · Por el cual se organizan unas oficinas del ramo Fluvial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde el 1° de marzo próximo la Intendencia de la navegación de los ríos Sinú y Atrato concederá únicamente de lo relativo a tales vías, de cuyas rentas se tomará, por partes iguales, el valor de las asignaciones del personal de la oficina, que será el siguiente : Un Intendente Recaudador, con un sueldo mensual de $ 100 Un Liquidador Tenedor de Libros, con un sueldo mensual de 70 Un Inspector Técnico, con un sueldo mensual de 70 Un Portero Escribiente, con un sueldo mensual de 30

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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