Micelio

Artículo 92

Son Absolutamente Prohibidos En Los Establecimientos Penales Los Gritos, Palabras Y Cantos Incorrectos, Las Peticiones Y Los Reclamos Colectivos Y Las Conversaciones En Lenguaje Convencional O En Cualquier Forma No Inteligible Para Todos

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son absolutamente prohibidos en los establecimientos penales los gritos, palabras y cantos incorrectos, las peticiones y los reclamos colectivos y las conversaciones en lenguaje convencional o en cualquier forma no inteligible para todos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1405 de 1934