En desarrollo de la asesoría de carácter financiero de que trata el artículo 20 del Decreto-ley 077 de 1987, el Ministerio de Salud - Fondo Nacional Hospitalario, podrá destinar recursos para cofinanciar programas y proyectos de inversión de los municipios o distritos o de sus entidades descentralizadas con respecto a construcción, dotación básica y mantenimiento integral de establecimientos del primer nivel de atención.
Decreto 1762 de 1990 →Vigente
Artículo 33
Decreto 1762 de 1990 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 10 de 1990, en cuanto a la organización de los servicios de salud que se prestarán en los municipios del país.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.