Conforme Con El Parágrafo Del Artículo 6° Del Decreto Número 2814 De 1968, Los Planes O Proyectos De Reorganización General O Parcial De La Entidad Se Someterán Para Su Revisión Y Concepto A La Secretaria Para Su Revisión Y Concepto A La Secretaria De Organización E Inspección De La Presidencia De La República
Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Conforme con el
Parágrafo
del artículo 6° del Decreto número 2814 de 1968, los planes o proyectos de reorganización general o parcial de la entidad se someterán para su revisión y concepto a la secretaria para su revisión y concepto a la secretaria de organización e inspección de la Presidencia de la República. Los contratos que con el mismo objeto se proyecte celebrar, deberán contar con el concepto favorable de la misma secretaria.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.