º Créase la Comisión Nacional para la Prevención y el Control de la Mosca del Mediterráneo, con carácter consultivo y como un organismo vinculado al Ministerio de Agricultura, la cual quedará integrada por los siguientes miembros: El Ministro de Agricultura, o su delegado, quien la presidirá. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado. El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario "ICA", o su delegado. El Director del Fondo de Promociones de Exportaciones "Proexpo", o su delegado. El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior "Incomex", o su delegado. El Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros, o su delegado. El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria "Incora", o su delegado. El Director del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales "Colciencias", o su delegado. El Gerente de la Sociedad Colombiana de Agricultores "SAC", o su delegado. El Gerente de la Asociación de Bananeros de Urabá "Augura", o su delegado. El Gerente de la Asociación de Plataneros de Urabá "Asplatu", o su delegado. El Director de la Federación Hortofrutícola, o su delegado. El Jefe de la Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario - OPSA, del Ministerio de Agricultura, o su delegado.
La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo de la División de Regulación Técnica, en coordinación con la Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario - OPSA, del Ministerio de Agricultura.