º Normas de control para las contribuciones especiales. A las contribuciones especiales señaladas en este Decreto le son aplicables, en lo pertinente, las normas que regulen los procesos de determinación, discusión, cobro y sanciones contempladas en el Estatuto Tributario y su control estará a cargo de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos Nacionales.
Decreto 1131 de 1992 →Vigente
Artículo 9
Normas De Control Para Las Contribuciones Especiales
Decreto 1131 de 1992 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 6ª de 1992 y el Estatuto Tributario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.