Micelio

Artículo 2

Los Representantes De Los Trabajadores, De Los Patronos Y Del Cuerpo Médico En El Consejo Directivo, Serán Escogidos Por El Presidente De La República, De Listas Que Se Formarán Con Basé En Ternas Presentadas Por Cada Una De Las Entidades Enumeradas En El Artículo 19 Del Decreto 3850 De 1949

Decreto 1199 de 1951 · Por el cual se introducen unas modificaciones a las disposiciones orgánicas del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los representantes de los trabajadores, de los patronos y del cuerpo médico en el Consejo Directivo, serán escogidos por el Presidente de la República, de listas que se formarán con basé en ternas presentadas por cada una de las entidades enumeradas en el artículo 19 del Decreto 3850 de 1949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1199 de 1951