Micelio

Artículo 8

El Alumno Que Haya Terminado Y Aprobado Los Estudios Del Segundo Ciclo, En Un Plantel Aprobado, Recibirá El Diploma De "bachiller Técnico Comercial", Que Le Permitirá Ingresar, Bien A Estudios Superiores De Comercio, O A Cualesquiera De Las Facultades Universitarias

Decreto 2117 de 1962 · Por el cual se determina el plan de estudios para el Bachillerato Técnico Comercial, y se dictan otras disposiciones sobre educación media comercial

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 8º. El alumno que haya terminado y aprobado los estudios del segundo ciclo, en un plantel aprobado, recibirá el diploma de "Bachiller Técnico Comercial", que le permitirá ingresar, bien a estudios superiores de comercio, o a cualesquiera de las Facultades universitarias.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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