Micelio

Artículo 1

Asígnase Como Prima Técnica Al Doctor Luis Angel Rincón Ramos, Identificado Con La Cédula De Ciudadanía Número 19136654 De Bogotá, Quien Desempeña El Cargo De Profesional Universitario 3020-06, División Legal De Minas, Dirección General De Asuntos Legales, Despacho Del Secretario General Del Ministerio De Minas Y Energía, La Suma De Veintidós Mil Quinientos Noventa Pesos ($ 22

Decreto 2234 de 1989 · Por el cual se asigna prima técnica a un empleado del Ministerio de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Asígnase como prima técnica al doctor Luis Angel Rincón Ramos, identificado con la cédula de ciudadanía número 19136654 de Bogotá, quien desempeña el cargo de Profesional Universitario 3020-06, División Legal de Minas, Dirección General de Asuntos Legales, Despacho del Secretario General del Ministerio de Minas y Energía, la suma de veintidós mil quinientos noventa pesos ($ 22.590) moneda corriente, mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2234 de 1989