Micelio

Artículo 4

Para Su Funcionamiento Y Desarrollo, El Círculo Podrá: A) Adquirir, Enajenar, Tomar O Dar En Arrendamiento Bienes Muebles O Inmuebles A Cualquier Título, A Excepción Hecha De Los Terrenos O Edificaciones Donde Inició Su Funcionamiento

Decreto 1083 de 1987 · por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Suboficiales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para su funcionamiento y desarrollo, el Círculo podrá

a)

Adquirir, enajenar, tomar o dar en arrendamiento bienes muebles o inmuebles a cualquier título, a excepción hecha de los terrenos o edificaciones donde inició su funcionamiento.

b)

Contraer empréstitos con garantía real o personal.

c)

Mantener cuentas corrientes en entidades bancarias o instituciones similares del Estado.

d)

Comprar o suscribir acciones, cédulas, bonos y demás instrumentos negociables así como constituir depósitos a término en entidades bancarias o comerciales en las cuales tenga participación el Estado.

e)

Ejercer todas aquellas actividades que se estimen necesarias y convenientes para incrementar sus ingresos y realizar sus fines. CAPITULO II Del patrimonio y recursos del Círculo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1083 de 1987