Micelio

Artículo 12

Salvo Lo Que En Contrario Se Acuerde Por Contrato, Todos Los Bonos Y Cupones Pagados Por Razón De Capital E Intereses De La Deuda Pública, Serán Cancelados E Incinerados Por Orden Y Bajo La Dirección De Las Personas O Instituciones Que Hicieron El Pago

Decreto 911 de 1932 · Por el cual se reforman las leyes orgánicas de la contabilidad oficial de la Nación y del Departamento de Contraloría

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Salvo lo que en contrario se acuerde por contrato, todos los bonos y cupones pagados por razón de capital e intereses de la deuda pública, serán cancelados e incinerados por orden y bajo la dirección de las personas o instituciones que hicieron el pago. Estas personas o instituciones enviarán al Departamento de Contraloría un acta de la incineración, autorizada por un Notario, acompañada de una lista autenticada que indique el título, el valor nominal y la serie y los números de los bonos pagados y cancelarán los y el títulos y la serie y números de los cupones también pagados y cancelados. Si los bonos y cupones se pagan y cancelan en Bogotá por un representante fiscal del Gobierno, el acto efe la incineración de los bonos y cupones cancelados será presenciado por un del representante del Departamento de Contraloría. No obstante, si al Gobierno Nacional, copio garante del principal e intereses de cualquier emisión de bonos, se le hiciere efectiva su garantía, los bonos y cupones de intereses redimidos de esa manera no serán incinerados, sino que se depositarán en la Tesorería Nacional como comprobante de la deuda que la entidad emisora de dichos bonos tiene para con el Gobierno Nacional. Esta deuda se asentará en los libros del Departamento de Contraloría. La copia de la diligencia notarial y la lista autenticada de los bonos y cupones incinerados, de que se habla atrás, servirán de base para asentar en los libros de Contraloría los bonos y cupones incluidos en dichas diligencias y lista. Todos los bonos y cupones pagados y cancelados y que se hallen actualmente archivados en el Departamento de Contraloría, salvo los exceptuados arriba, serán incinerados. En el Departamento de Contraloría se archivará la diligencia notarial del acto y de incineración y una lista autenticada de los títulos, números, etc., de tales bonos y cupones incinerados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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