Micelio

Artículo 18

Los Miembros De Los Diversos Organismos Que Por El Presente Decreto Se Establecen, Así Se Les Llame Representantes O Delegados, No Ejercen Sus Funciones En Representación O Delegación Del Sector En Que Se Origina Su Designación, Sino Que Están Obligados A Ejercerla En Beneficio De La Universidad Entera Y Solo Deberán Actuar En Función Exclusiva De Su Bienestar Y Progreso

Decreto 235 de 1977 · Por el cual se establece orgánica de la Universidad Tecnológica del Chocó 'Diego Luis Córdoba'

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros de los diversos organismos que por el presente Decreto se establecen, así se les llame representantes o delegados, no ejercen sus funciones en representación o delegación del sector en que se origina su designación, sino que están obligados a ejercerla en beneficio de la Universidad entera y solo deberán actuar en función exclusiva de su bienestar y progreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 235 de 1977