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Artículo 69

Para Que Un Estudiante Sea Matriculado En El Curso Superior, Se Requiere Que Haya Aprobado Todas Las Materias Del Curso Inmediatamente Anterior, Con Una Nota No Inferior A Tres (3

Decreto 1955 de 1963 · Por el cual se reorganiza la educación normalista

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para que un estudiante sea matriculado en el curso superior, se requiere que haya aprobado todas las materias del curso inmediatamente anterior, con una nota no inferior a tres (3.0), en la escala de calificaciones de cero (00) a cinco (5.0). Una materia se perderá por una de las siguientes razones

a)

Haber obtenido una nota definitiva inferior a tres (3.0).

b)

Haber dejado de concurrir al 10% o más de las clases dictadas, caso en el cual no será admitido a examen final de la misma. En caso de enfermedad debida y oportunamente comprobada, se admitirá una inasistencia hasta del 20%. a) Haber obtenido una nota inferior a dos (2.0), caso en el cual el estudiante no tendrá derecho a presentar examen final. b) Haber obtenido en el examen final una nota inferior a dos (2.0), caso en el cual no se computará con la nota previa, sino que el resultado del examen final será la calificación definitiva.

Parágrafo

Todas las materias desaprobadas por una de las razones anteriores, se contará para la pérdida del curso.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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