Articulo 16. Funciones de la Junta Directiva. Las funciones de la Junta Directiva de la Caja son
Adoptar los Estatus de la entidad y cualquier reforma que en ellos se introduzcan y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional,
Crear suprimir y fusionar cargos en la Planta de Personal previo concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil y de la Dirección General de Presupuesto.
Disponer la contratación de empréstitos internos o externos con destino a la Caja, todo conforme a disposiciones legales vigentes,
Nombrar y remover el Secretario General de la Caja, los Directores o Jefes de Oficinas Seccionales o Agencias y refrendar los nombramientos Subdirectores, efectuados por el Director General de la Caja.
Autorizar comisiones al exterior a empleados de la Caja, conforme a disposiciones que regulan la materia.
Fijar el monto de las cuotas patronales de las entidades cuyos servidores sean afiliados forzosos de la Caja y los aportes que por concepto de cuotas de afiliación y cuotas periódicas deberán cancelar sus afiliados forzosos
Fijar el monto de las cuotas periódicas que han de pagar sus pensionados y las personas que los sustituyan para tener derecho a las prestaciones asistenciales que la Caja les otorgue.
Fijar las cuotas que deberán aportar sus afiliados y pensionados para el otorgamiento de prestaciones asistenciales a los familiares que dependan económicamente de ellos y a su conyugue, compañero o compañera.
Establecer la organización administrativa de la Caja para cuyo efecto creará, suprimirá ó modificará las dependencias señalándoles sus funciones.
Formular la política general de la Caja y los planes y programas que conforme a las reglas prescritas por el Ministerio de Trabajo y seguridad Social y el Departamento Nacional de Planeación, deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de éstos, a los planes generales de desarrollo.
Autorizar previamente todo acto o contrato cuya cuantía sea superior a un millón de pesos ($ 1.000.00) moneda corriente.
Aprobar el presupuesto anual de la Caja efectuar los traslado presupuéstales necesarios para la ejecución del mismo.
Aprobar e improbar el Acuerdo interno de obligaciones de la entidad.
Controlar el funcionamiento general de la Caja y verificar su conformidad con las políticas adoptadas
Darse su propio reglamento
La Junta Directiva podrá delegar en el Director General el cumplimiento de alguna o algunas de sus funciones.
Examinar los balances semestrales, los informes financieros mensuales rendidos por el Director General y aprobar o improbar los acuerdos mensuales de ordenación de gastos.
Estudiar el informe anual de actividades de la Caja que deberá presentar el Director General a más tardar el 30 el treinta (30) de mayo de cada año.
Fijar las tasas por los servicios que preste la Caja y autorizar de acuerdo con las normas sobre la materia la apertura de cuentas en instituciones bancarias para mantener en depósito los fondos de la Caja.
Aprobar los contratos de afiliación facultativa.
Adoptar los reglamentos generales de los servicios
Reglamentar la afiliación facultativa y adscrita
Autorizar el viaje y los tratamientos médicos a que haya de someterse a los afiliados de la Caja en Centros Asistenciales en el Extranjero. Previo el lleno de los requisitos establecidos por la Caja.
Autorizar al Director General para delegar en sus subalternos algunas funciones dentro de las limitaciones legales.
Las demás que le señalen las disposiciones vigentes y presentes estatutos.