Micelio

Artículo 15

El Impuesto De Timbre Sobre Encomiendas, De Que Trata El Numeral 72 Del Artículo 5º Del Decreto 2908 De 1960, Se Hará Efectivo Mediante La Adherencia Y Anulación, Por Parte Del Empleado Encargado De La Oficina De Transporte Respectiva, De Estampillas De Timbre Nacional Sobre El Ejemplar Del Comprobante De Introducción Que Quede En Tal Oficina

Decreto 2627 de 1961 · Por el cual se dictan nuevas normas reglamentarias del Decreto 2908 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El impuesto de timbre sobre encomiendas, de que trata el numeral 72 del artículo 5º del Decreto 2908 de 1960, se hará efectivo mediante la adherencia y anulación, por parte del empleado encargado de la oficina de transporte respectiva, de estampillas de timbre nacional sobre el ejemplar del comprobante de introducción que quede en tal oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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