Son Funciones De La Comisión De Promoción De Empleo Las Siguientes: A) Promover Y Desarrollar Los Mecanismos Adecuados Para La Efectiva Incorporación De Los Empleados Oficiales Que Con Ocasión De La Liquidación Sean Desvinculados; B) Asesorar A La Empresa Ferrocarriles Nacionales De Colombia En Liquidación Y A Las Que Se Creen En Desarrollo De La Ley 21 De 1988, En La Aplicación De Los Sistemas Y Procedimientos Relacionados Con La Desvinculación De Empleados Y La Vinculación De Los Mismos A Las Nuevas Plantas De Personal; C) Asesorar Al Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y A Las Entidades Oficiales Competentes En Lo Que Respecta Al Montaje Del Sistema De Información Laboral Derivado De La Aplicación De Este Decreto, Al Proceso De Reconversión Y Readaptación Del Empleo Ferroviario Y A La Reubicación Del Personal
Decreto 1586 de 1989 · Por el cual se ordena liquidar la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se adoptan normas para su liquidación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son funciones de la Comisión de Promoción de Empleo las siguientes
a)
Promover y desarrollar los mecanismos adecuados para la efectiva incorporación de los empleados oficiales que con ocasión de la liquidación sean desvinculados;
b)
Asesorar a la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación y a las que se creen en desarrollo de la Ley 21 de 1988, en la aplicación de los sistemas y procedimientos relacionados con la desvinculación de empleados y la vinculación de los mismos a las nuevas plantas de personal;
c)
Asesorar al Departamento Administrativo del Servicio Civil y a las entidades oficiales competentes en lo que respecta al montaje del sistema de información laboral derivado de la aplicación de este Decreto, al proceso de reconversión y readaptación del empleo ferroviario y a la reubicación del personal.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.