º. Todo pase valdrá por un año y para refrendarlo se necesitan los siguientes requisitos: Certificado de la oficina de origen y de aquella en la que se va a efectuar la refrendación, en que conste que el peticionario no tiene asuntos pendientes, y examen médico, sino fuere presentada oportunamente tal certificación, la oficina ante la cual se hace la solicitud debe pedir telegráficamente, a costa del interesado, el informe correspondiente. Además de los anteriores requisitos, los choferes mecánicos deberán presentar un certificado de la Policía, sobre buena conducta.
Artículo 8
Todo Pase Valdrá Por Un Año Y Para Refrendarlo Se Necesitan Los Siguientes Requisitos: Certificado De La Oficina De Origen Y De Aquella En La Que Se Va A Efectuar La Refrendación, En Que Conste Que El Peticionario No Tiene Asuntos Pendientes, Y Examen Médico, Sino Fuere Presentada Oportunamente Tal Certificación, La Oficina Ante La Cual Se Hace La Solicitud Debe Pedir Telegráficamente, A Costa Del Interesado, El Informe Correspondiente
Decreto 57 de 1940 · Por el cual se reglamenta la ley 60 de 1939, "por la cual se dictan algunas disposiciones sobre tránsito"
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.