° Establécese una Colonia Agrícola, que funcionará de acuerdo con las disposiciones del presente Decreto, en la zona territorial del litoral Pacífico, jurisdicción de la Intendencia Nacional del Chocó, comprendida dentro de los terrenos destinados por el artículo 1° del Decreto número 1110 de 1928, y alinderada así: "De la desembocadura del rio Valle en el Océano Pacífico, rio Valle aguas arriba, hasta la cordillera de Baudó; siguiendo el filo de esta cordillera, basta buscar los nacimientos del rio Nabuga; río Nabuga, aguas abajo, hasta su desembocadura en el Océano Pacifico."
Artículo 1
Establécese Una Colonia Agrícola, Que Funcionará De Acuerdo Con Las Disposiciones Del Presente Decreto, En La Zona Territorial Del Litoral Pacífico, Jurisdicción De La Intendencia Nacional Del Chocó, Comprendida Dentro De Los Terrenos Destinados Por El Artículo 1° Del Decreto Número 1110 De 1928, Y Alinderada Así: "de La Desembocadura Del Rio Valle En El Océano Pacífico, Rio Valle Aguas Arriba, Hasta La Cordillera De Baudó; Siguiendo El Filo De Esta Cordillera, Basta Buscar Los Nacimientos Del Rio Nabuga; Río Nabuga, Aguas Abajo, Hasta Su Desembocadura En El Océano Pacifico
Decreto 925 de 1935 · Por el cual se establece una Colonia Agrícola, y se dictan varias disposiciones sobre funcionamiento de la misma
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.