Micelio

Artículo 12

Los Bancos Comerciales Podrán Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En El Presente Decreto, Mediante La Celebración De Contratos Con La Caja De Crédito Agrario, Previa Autorización De La Superintendencia Bancaria

Decreto 198 de 1957 · Por el cual dictan unas disposiciones sobre crédito agrario y ganadero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Bancos Comerciales podrán dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, mediante la celebración de contratos con la Caja de Crédito Agrario, previa autorización de la Superintendencia Bancaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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