Funciones de las dependencias de coordinación. La dirección de núcleo educativo o la dependencia que haga sus veces, de conformidad con la forma de organización que adopte cada entidad territorial certificada, tendrá funciones de coordinación y apoyo en la planeación, seguimiento y evaluación de los procesos propios de los establecimientos educativos de su jurisdicción, orientadas a mejorar la calidad y pertinencia del servicio educativo, aumentar la cobertura y promover su eficiencia.
El apoyo de estas dependencias de coordinación se extenderá en lo que sea pertinente a los establecimientos educativos privados. (Decreto 4710 de 2008, artículo 2°).