Micelio

Artículo 10

Declaratoria Y Estudios De Impacto Ambiental

Decreto 332 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 72 y 73 del Decreto extraordinario número 77 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declaratoria y estudios de impacto ambiental. Corresponderá a las Entidades Territoriales solicitar al Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena, la determinación de las zonas en las cuales se requiere, previamente, la realización de estudios de impacto ambiental para la ejecución de proyectos de construcción o mejoramiento de caminos vecinales. En caso de ser indispensable la realización de estos estudios, la entidad encargada de la ejecución del respectivo proyecto solicitará el concepto previo si es del caso, o realizará el estudio de impacto ambiental correspondiente, según lo establecido en el Código Nacional de Recursos Naturales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 332 de 1989