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Artículo 1

Las Sociedades De Mejoras Públicas Con Personería Jurídica, Estarán Exentas Del Pago Del Impuesto Sobre Asignaciones Y Donaciones, Pero No Del Impuesto Sobre La Masa Global Hereditaria, Cuando Tales Entidades Paguen A La Secretaria

Decreto 1840 de 1956 · Por el cual se decreta una exención de impuestos en favor de las Sociedades de Mejoras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las Sociedades de Mejoras Públicas con personería jurídica, estarán exentas del pago del impuesto sobre asignaciones y donaciones, pero no del impuesto sobre la masa global hereditaria, cuando tales entidades paguen a la Secretaria. Nacional de Acción Social y Protección Infantil, o garantice; su favor satisfactoriamente, una suma igual a la que les hubiere correspondido pagar por razón del mencionado impuesto de asignaciones y donaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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