Micelio

Artículo 1

Abrese Al Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1º De Enero A 31 De Diciembre De 1923, En Crédito Suplemental Por La Suma De Veinticinco Mil Pesos ($ 25,000), Que Llevara La Siguiente Imputación: Ministerio De Agricultura Y Comercio Capitulo 02 Higiene Y Sanidad

Decreto 831 de 1923 · Por el cual se abre un crédito suplemental al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Abrese al Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1923, en crédito suplemental por la suma de veinticinco mil pesos ($ 25,000), que llevara la siguiente Imputación: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO CAPITULO 02 Higiene y Sanidad. Artículo 554. Para gastos de profilaxis de enfermedades- infecciosas en los casos previstos por el artículo .5º de la Ley 112 de 1919. $ 25,000 Total 25,000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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