Micelio

Artículo 1.8.3.2.4.1

Requisitos Relativos A La Capacidad Jurídica

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Podrá ser empresa operadora de pagos para la devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA), a turistas extranjeros, la persona jurídica de naturaleza societaria bajo cualquiera de los tipos societarios establecidos en el Código de Comercio, de forma individual o que actúen como integrantes de consorcio o unión temporal. La persona jurídica o todos los integrantes del consorcio o la unión temporal deben demostrar:

1.

La posibilidad de adelantar actividades de empresa operadora de pagos para la devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA), a turistas extranjeros en el marco de su objeto social.

2.

Las facultades de su representante legal para suscribir el convenio del que trata el artículo 1.6.1.23.6. del Decreto número 1625 de 2016. En caso de que tenga alguna limitación en sus facultades de acuerdo con los estatutos, y la autorización del órgano social competente cuando esto es necesario de acuerdo con sus estatutos sociales.

3.

La ausencia de inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones de la persona jurídica y sus administradores derivadas de la ley para la suscripción del convenio del que trata el artículo 1.6.1.23.6. del Decreto número 1625 de 2016".

(Artículo 11, Resolución 489 de 2022, Numerales 2 y 3 corregidos por el artículo 4o de la Resolución 502 de 2022)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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