Responsabilizase A Los Directores Y Pagadores De Los Planteles Nacionales Para Que Efectúen Los Pagos A Los Docentes, Que Cumplan A Cabalidad Con Los Calendarios Que Se Establecen
Decreto 691 de 1972 · Por el cual se establece un calendario escolar provisional para el año lectivo de 1972 en los planteles dependientes del Ministerio de Educación Nacional, y se autoriza a los Gobernadores y al Alcalde Mayor del Distrito Especial para establecerlo en sus respectivas secciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Responsabilizase a los directores y pagadores de los planteles nacionales para que efectúen los pagos a los docentes, que cumplan a cabalidad con los calendarios que se establecen .en el presente. Decreto
Parágrafo
Los directores y pagadores de los planteles nacionales harán .los descuentos a que haya .lugar con motivo del incumplimiento del calendario escolar y responderán fiscal y administrativamente de acuerdo con las normas que sobre el particular han venido rigiendo
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.