Micelio

Artículo 3

Responsabilizase A Los Directores Y Pagadores De Los Planteles Nacionales Para Que Efectúen Los Pagos A Los Docentes, Que Cumplan A Cabalidad Con Los Calendarios Que Se Establecen

Decreto 691 de 1972 · Por el cual se establece un calendario escolar provisional para el año lectivo de 1972 en los planteles dependientes del Ministerio de Educación Nacional, y se autoriza a los Gobernadores y al Alcalde Mayor del Distrito Especial para establecerlo en sus respectivas secciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilizase a los directores y pagadores de los planteles nacionales para que efectúen los pagos a los docentes, que cumplan a cabalidad con los calendarios que se establecen .en el presente. Decreto

Parágrafo

Los directores y pagadores de los planteles nacionales harán .los descuentos a que haya .lugar con motivo del incumplimiento del calendario escolar y responderán fiscal y administrativamente de acuerdo con las normas que sobre el particular han venido rigiendo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 691 de 1972