° Cuando la importancia del servicio lo justifique, a juicio del Gobierno, podrá éste designar un Inspector, cuyo sueldo se fijará de acuerdo con el concesionario. Será de cargo del concesionario el pago de la asignación mensual de dicho empleado y el suministro de un receptor adecuado para la vigilancia del servicio.
Decreto 2580 de 1936 →Vigente
Artículo 9
Cuando La Importancia Del Servicio Lo Justifique, A Juicio Del Gobierno, Podrá Éste Designar Un Inspector, Cuyo Sueldo Se Fijará De Acuerdo Con El Concesionario
Decreto 2580 de 1936 · Por el cual se reglamenta la concesión de licencias para servicios radiotelefóncos uso particular o privado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.