Micelio

Artículo 15

Los Pasajes De Cumplimiento, Los De Compañías Teatrales Y De Espectáculos Populares, Y Demás Que No Se Hallen Comprendidos En La Clasificación Anterior, Excepción Hecha De Aquellos Que Puedan Conceder Los Gerentes En Virtud De Facultades Reglamentarias, Serán Ordenados O Expedidos Directamente Por El Ministerio De Obras Públicas

Decreto 2444 de 1928 · Por el cual se reglamenta el servicio de pasajes fe favor en los ferrocarriles de propiedad nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los pasajes de cumplimiento, los de compañías teatrales y de espectáculos populares, y demás que no se hallen comprendidos en la clasificación anterior, excepción hecha de aquellos que puedan conceder los Gerentes en virtud de facultades reglamentarias, serán ordenados o expedidos directamente por el Ministerio de Obras Públicas. Dichos pasajes serán aceptados por los conductores de los ferrocarriles para, los cuales vayan expedidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2444 de 1928