Micelio

Artículo 5

O El Régimen De Viáticos De Los Empleados Públicos Docentes, Que Deban Cumplir Comisión De Servicios En El Interior Del País Y En El Exterior, Vinculados A La Planta De Personal De La Universidad Pedagógica Nacional Y Del Instituto Pedagógico Nacional, Será El Que Se Establezca En General Para La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional

Decreto 917 de 1992 · Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para el personal de empleos públicos docentes de la Universidad Pedagógica Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o El régimen de viáticos de los empleados públicos docentes, que deban cumplir comisión de servicios en el interior del país y en el exterior, vinculados a la planta de personal de la Universidad Pedagógica Nacional y del Instituto Pedagógico Nacional, será el que se establezca en general para la Rama Ejecutiva del orden nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 917 de 1992