Micelio

Artículo 10

La Superintendencia Bancaria Podrá En Cualquier Tiempo Examinar Los Conocimientos De Las Personas Naturales Que Dirijan Sociedades Corredoras De Seguros, Respecto De Las Pólizas Que Pueden Ofrecer Válidamente Al Público

Decreto 361 de 1972 · Por el cual se reglamentan los artículos 1347 y siguientes del Decreto 410 de 1971, sobre "Corredores de Seguros"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia Bancaria podrá en cualquier tiempo examinar los conocimientos de las personas naturales que dirijan sociedades Corredoras de Seguros, respecto de las pólizas que pueden ofrecer válidamente al público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 361 de 1972