Micelio

Artículo 9

La Junta Directiva Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Formular Los Estatutos De La Corporación Y Cualquier Reforma Que A Ellos Se Introduzca Y Someterlos A La Aprobación Del Gobierno; B) Formular La Política General De La Corporación Y Los Planes Y Programas Que Deba Desarrollar; C) Aprobar El Presupuesto Anual De La Corporación; D) Aprobar El Programa Anual De Compras De La Corporación; E) Señalar El Precio De Venta De Los Artículos Que Suministre La Corporación Y Determinar La Aplicación De Sus Utilidades; F) Autorizar O Aprobar Todo Acto O Contrato Cuya Cuantía Exceda De Cien Mil Pesos ($ 100

Decreto 970 de 1969 · por el cual se adoptan los Estatutos de la Corporación Proveedora de Instituciones de Asistencia Social – “Corpal”.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 9°. La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones

a)

Formular los Estatutos de la Corporación y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno;

b)

Formular la política general de la Corporación y los planes y programas que deba desarrollar;

c)

Aprobar el Presupuesto anual de la Corporación;

d)

Aprobar el Programa Anual de Compras de la Corporación;

e)

Señalar el precio de venta de los artículos que suministre la Corporación y determinar la aplicación de sus utilidades;

f)

Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00);

g)

Determinar la organización interna de la Corporación, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes conforme a las disposiciones legales sobre la materia;

h)

Nombrar y remover a los Jefes de las unidades de nivel directivo, tales como Subgerentes y Jefes de División;

i)

Encargar de la Gerencia de la Corporación, por periodos hasta de sesenta (60) días, en caso de ausencias temporales del Gerente, a la persona que deba reemplazarlo, sin perjuicio de las facultades que tiene el Presidente de la República para su libre nombramiento y remoción;

j)

Autorizar al Gerente para abrir licitaciones, tanto públicas como privadas;

k)

Investir al gerente de autorizaciones especiales, en los casos en que se considere necesario hacerlo y delegarle funciones;

l)

Autorizar al Gerente, cuando lo estime conveniente, para transigir las divergencias que ocurran entre la Corporación y las personas naturales o jurídicas por cualquier causa; ll) Autorizar al Gerente para celebrar operaciones de crédito, interno o externo, previo el cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia;

m)

Adoptar el régimen financiero y de inversiones de la Corporación;

n)

Aprobar los balances y cuadros financieros que le presente el Gerente con la firma del Auditor Fiscal ante la Corporación, y

o)

Crear los Comités que estime convenientes para hacer estudios especiales, rendir informes o asesorar al Gerente en asuntos determinados, o intégralos con sus miembros, pudiendo delegar en ellos las atribuciones que sean necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 970 de 1969