El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1032 de 2011 y el artículo 4° de los Decretos 2919 y 4937 de 2011, y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2012.
Artículo 20
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto 1032 De 2011 Y El Artículo 4° De Los Decretos 2919 Y 4937 De 2011, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 2012
Decreto 831 de 2012 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, a las Sociedades de Economía Mixta y a las Entidades de Naturaleza Especial, directas e indirectas del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.