Responsabilidad del servidor público. Será personalmente responsable ante terceros el servidor público que haya actuado con dolo o culpa grave en el desempeño de sus deberes o con ocasión del mismo. Estará comprendido en tales casos el servidor que emitiere actos manifiestamente ilegales y el que los obedeciere. Siempre que se revoque un acto administrativo o se declare la invalidez del mismo, la autoridad que lo resuelva deberá pronunciarse expresamente sobre si la ilegalidad era manifiesta o no y en caso afirmativo, deberá iniciar de oficio el procedimiento que corresponda para deducir las responsabilidades consiguientes.
Decreto 1122 de 1999 →Inexequible
Artículo 345
Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe
1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia